Información general, no es asesoría fiscal. Las reglas del SAT cambian; confirma tu caso con tu contador.
Cómo se vuelve válido
- El emisor arma el comprobante y lo sella con su CSD (Certificado de Sello Digital).
- Un PAC (Proveedor de Certificación autorizado por el SAT) lo valida y le pone el timbre fiscal digital, que incluye el folio fiscal (UUID).
- El PAC lo reporta al SAT. Desde que se timbra, el CFDI es válido.
El XML es el comprobante fiscal; el PDF es solo su representación impresa.
Datos que pide la versión 4.0
- Emisor: RFC, nombre o razón social y régimen fiscal.
- Receptor: RFC, nombre o razón social (como aparece en su Constancia de Situación Fiscal), código postal de su domicilio fiscal, régimen fiscal y uso del CFDI. Ver el artículo «Datos del receptor».
- Lugar de expedición: el código postal desde donde se emite.
- Exportación: clave del catálogo c_Exportacion; en una venta nacional normal es 01 (No aplica).
- Conceptos: clave de producto o servicio (ClaveProdServ, 8 dígitos), clave de unidad (ClaveUnidad), cantidad, descripción, valor unitario, importe y objeto de impuesto (ObjetoImp).
- Impuestos trasladados y retenidos, cuando aplican.
- Forma y método de pago, moneda y, en moneda extranjera, el tipo de cambio.
- Cuando se relaciona con otros CFDI (notas de crédito, sustituciones), el tipo de relación y los UUID relacionados.
Tipos de comprobante
- I · Ingreso: la factura de una venta o de un servicio.
- E · Egreso: nota de crédito (devoluciones, descuentos o bonificaciones).
- T · Traslado: ampara el traslado de mercancías (por ejemplo, con el complemento Carta Porte).
- N · Nómina: recibo de nómina, con el complemento de nómina.
- P · Pago: complemento para recepción de pagos.
Para tener en cuenta
- La obligación de expedir CFDI y sus requisitos están en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.
- Los catálogos del SAT (uso del CFDI, régimen fiscal, formas de pago, claves de producto y unidad…) cambian de vez en cuando; miCFDI trae los vigentes para que solo elijas.
- Cada caso concreto (qué clave usar, qué impuestos aplican a tu actividad) conviene confirmarlo con tu contador.
En miCFDI: ver «Primeros pasos en miCFDI» y «Cómo hacer una factura» en la ayuda.
Fuente oficial: SAT, Anexo 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal y Guía de llenado del CFDI 4.0 (portal www.sat.gob.mx, sección Factura electrónica); Código Fiscal de la Federación, artículos 29 y 29-A.